La Incapacidad Permanente Absoluta es un tipo de pensión recibida en todo trabajo, por personas con un grado de incapacidad laboral permanente donde se reconoce que el individuo no puede realizar ninguna actividad laboral producida por el padecimiento de alguna enfermedad o lesión natural o laboral, de carácter grave y que disminuya sus capacidades y destrezas laborales.

Cuando se acepta la incapacidad permanente absoluta a un trabajador, el contrato de trabajo queda anulado y el individuo comienza a cotizar a través de su seguro social, una pensión calculada en base al tipo de enfermedad y su gravedad, los años de servicio y algunos otros requisitos.

Es importante aclarar que no es requisito totalmente necesario el que una persona no pueda realizar un trabajo en absoluto. Se considerará con incapacidad permanente absoluta a aquellas personas que padezcan de alguna lesión o enfermedad que no permita que sigan un mínimo de rendimiento, profesionalidad y eficacia en su lugar de trabajo.

Por ejemplo, un trabajador que depende de un tratamiento de hemodiálisis y debe adquirirlo tres veces por semana, provocará que disminuya su eficacia en el trabajo debido a que estará faltando tres días a la semana a su puesto y no rendirá lo que la empresa tal vez requiera.

En ese sentido, y evaluando el caso de la persona y la gravedad de la enfermedad, dicho trabajador/a podrá solicitar su incapacidad permanente laboral, aunque la enfermedad no le cohíba del todo realizar algún tipo de actividad, pero sí disminuya su eficacia o efectividad en la empresa donde labora.

 

¿Qué se toma en consideración para otorgar una Incapacidad Permanente Absoluta?

 

Existen varias patologías, dolencias y lesiones que pueden ser adquiridas por el trabajador de forma natural o laboral. De ellas, se tomarán en cuenta factores tales como la gravedad de la lesión o patología, las limitaciones funcionales y/o anatómicas que pueda producir al individuo y el cómo afecte o limite sus destrezas laborales.

En ese caso, se otorgará la incapacidad permanente absoluta a un trabajador que cumpla con los requisitos burocráticos, pero también presente una lesión crónica o visiblemente definitiva que le cause alguna reducción en su movilidad o destrezas naturales en su puesto de trabajo y que puedan ser diagnosticadas de forma objetiva.

En pocas palabras, se considerará la existencia de las siguientes características:

  • El individuo debe haberse sometido a algún tratamiento que buscara la mejoría de la patología o lesión.
  • El individuo deberá presentar lesiones anatómicas o de funcionalidad visiblemente graves, que puedan ser diagnosticadas objetivamente.
  • Las secuelas de dicha patología o enfermedad deberán ser definitivas.
  • Las lesiones tomadas en cuenta, serán aquellas que disminuyan la capacidad o funcionalidad del trabajador en su área laboral.

 

Requisitos para solicitar la Incapacidad Permanente Absoluta ante un Instituto de Seguridad Social

 

Para conceder la incapacidad permanente absoluta, un trabajador deberá cumplir con los siguientes requisitos:

  • El trabajador debe estar en situación asimilada al alta o totalmente dado de alta.
  • El trabajador no debe ser mayor de 65 años de edad (la cual es la edad de jubilación natural).
  • El trabajador deberá poseer un tiempo de cotización determinado.

 

Explicamos dichas situaciones por separado:

 

El estar en situación de alta, se refiere a lo dictado por el órgano de la Seguridad Social. Eso quiere decir que la persona ya debe estar cotizando en su seguro social.

Por el caso de la situación asimilada al alta, se entenderá a las siguientes situaciones: cuando se esté cobrando jubilación anticipada, se sea víctima de violencia de género, se esté cobrando paro o subsidio, convenio especial, maternidad o paternidad, entre otros.

El segundo punto es un poco más fácil. El trabajador no puede haber alcanzado los 65 años de edad, debido a que, por ley, estaría cobrando una pensión correspondiente a su jubilación. Por lo cual, ya no podrá cobrar otra.

 

Ejemplos de Incapacidad Permanente Absoluta

 

Serán consideradas o reconocidas como enfermedades con una gravedad que genere incapacidad permanente absoluta, las siguientes:

  1. Trastorno esquizofrénico o esquizofrenia
  2. Trastorno esquizoafectivo
  3. Trastorno bipolar
  4. Alzheimer
  5. Acondroplasia
  6. Isquemia Arterial Crónica
  7. Insuficiencia respiratoria crónica
  8. Déficit visual severo
  9. Fibrosis pulmonar
  10. Enfermedad de Chron
  11. Enfermedad renal crónica
  12. Infección por VIH
  13. Enfermedades cardíacas
  14. Esclerosis múltiple
  15. Esclerosis sistémica
  16. Esclerosis lateral amiotrófica
  17. Lupus
  18. Traumatismo craneoencefálico severo
  19. Parálisis
  20. Epilepsia
  21. Cáncer de Pulmón
  22. Cáncer grado III (mestásico)
  23. Acromatopsia
  24. Fibromialgia grado III
  25. Síndrome de Asperger
  26. Síndrome de Meniere
  27. Síndrome de Brugada
  28. Síndrome de Fatiga Crónica
  29. Síndrome de Capgras
  30. Enfermedad de Parkinson
  31. Enfermedades de la Columna Vertebral
  32. Enfermedad de Pompe
  33. Enfermedad de Paget
  34. Enfermedad de Raynaud
  35. Polineuropatía crónica desmielinizante
  36. Artritis reumatoide
  37. Depresión mayor recurrente grave
  38. Encefalomielitis
  39. Diabetes Mellitus Tipo I
  40. Síndrome de Takotsubo
  41. Narcolepsia
  42. Prosopagnosia
  43. Espondilitis Anquisolante
  44. Cardiopatías
  45. Trasplantes Óseas
  46. Enfermedad de Creutzfeldt-Jakob
  47. Obstrucción intestinal
  48. Tumores

Existen muchas otras enfermedades consideradas con alto grado de gravedad que disminuyen la capacidad y efectividad de un trabajador en su área laboral, sin embargo, acá pudimos listar algunas de ellas.

Recuerda que toda Incapacidad Permanente Absoluta, será otorgada por el Organismo de Seguridad Social, siempre y cuando se cumpla con los requisitos antes mencionados.