¿Qué es competencia y tipos de competencia en derecho?

La competencia absoluta es el conjunto de reglas que determinan el tipo y la jerarquía del tribunal que la ley ordena que conozca de un determinado asunto. Las de competencia relativa, en cambio, pueden ser renunciadas por las partes conforme a la denominada prórroga de competencia.

¿Qué es la competencia en el derecho?

Proc. Atribución de potestades a un determinado órgano jurisdiccional para tramitar y resolver un litigio con exclusión de otros tribunales. La competencia de un órgano jurisdiccional para instruir una causa criminal puede ser atribuida a prevención.

¿Cuáles son los tipos de competencia en materia civil?

El legislador en el NCPC parte de dos pautas orientadoras que se diferencian perfectamente: las que miran al litigio mismo (competencia objetiva) y las que sólo ven la persona del juzgador (competencia subjetiva).

¿Qué es clasificacion de competencia?

Una visión sería clasificar las competencias en dos grupos distintos: personal y profesional: las personales son las actitudes, valores y rasgos de personalidad, las profesionales son las habilidades y conocimientos necesarios para posición específica (Houghton-Jan, 2007).

¿Qué es la competencia de los tribunales?

La competencia judicial equivale a la medida de jurisdicción que tiene un Juzgado o Tribunal para conocer un asunto o conjunto de asuntos con preferencia a otro u otros. La competencia puede definirse como el conjunto de procesos en que un tribunal puede ejercer, conforme a la ley, su jurisdicción.

¿Cuáles son los factores de competencia?

Con el fin de obtener un mayor rendimiento existen cinco factores para fijar la competencia: objetivo, subjetivo, territorial, funcional y de conexión.

¿Cómo se determina la competencia judicial?

El artículo 144 del cpcdf señala que “la competencia de los tribunales se determinará por la materia, la cuantía, el grado y el territorio”.

¿Qué significa el principio de perpetuidad de la competencia?

El artículo 7 NCPC consagra el principio de perpetuidad de la competencia, según el cual “una vez definida la competencia, las alteraciones en cuanto al domicilio de las partes, la situación del bien litigioso y del objeto del proceso no la modificarán, salvo disposición legal en contrario”.

¿Qué es el factor territorial de competencia?

El factor territorial para asignar competencia es aquella designación de juez que, de entre los que están en su mismo grado, su sede lo haga el más idóneo o natural para el caso en concreto. El criterio principal es la territorialidad o la vecindad en donde se encuentren los elementos del proceso, personas o cosas.

¿Cuál es el factor funcional de competencia?

Factor funcional: consulta la competencia en atención a las específicas funciones de los jueces en las instancias mediante la descripción de grados de juzgamiento, en la que actúan funcionarios diferentes, pero relacionados entre sí de manera organizada jerárquicamente, por estar adscritos a una misma circunscripción

¿Cómo se adquiere la competencia?

ADQUISICIÓN DE LA COMPETENCIA: se adquiere en virtud del acto propuesto por la parte mediante el cual da comienzo al proceso, cuando se trata de ordenamientos regidos por el sistema dispositivo, o la providencia que el juez profiere de oficio ordenando la iniciación del proceso, si se refiere a los regidos por el

¿Cómo se determina la competencia por territorio?

La competencia territorial hace referencia a las facultades conferidas a los órganos en razón del espacio dentro del cual pueden ejercitarla. La competencia territorial hace referencia a las facultades conferidas a los órganos en razón del espacio dentro del cual pueden ejercitarla.

¿Cuando la competencia se determina por la cuantia?

Cuando la competencia se determine por la cuantía, los procesos son de mayor, de menor y de mínima cuantía. Son de mínima cuantía cuando versen sobre pretensiones patrimoniales que no excedan el equivalente a cuarenta salarios mínimos legales mensuales vigentes (40 smlmv).

¿Qué es la jurisdicción y la competencia?

Frecuentemente se confunden estos dos conceptos, pero debe entenderse que la jurisdicción es la potestad de que se hallan revestidos los jueces para administrar justicia, y la competencia, la facultad que tienen para conocer de ciertos negocios, ya por la naturaleza misma de las cosas, o bien por razón de las personas.