¿Cuáles son los tipos de daño?

Se clasifica generalmente en daño material, cuando se causa en el patrimonio o bienes de una persona, incluidos los daños físicos a la misma, o daño moral, como sufrimiento o perjuicio de difícil valoración económica causado en el ánimo de una persona.

¿Qué es el daño a la persona?

Entendiendo al daño a la persona como aquel daño de naturaleza extrapatrimonial que afecta a los derechos de la persona, su integridad física o su proyecto de vida, el cual además incluye a las personas jurídicas.

¿Qué tipos de daños se indemniza?

Existen ciertos conceptos que se incluyen en una indemnización. Héctor Campos refirió que son tres: daño emergente, moral y lucro cesante. El daño emergente, explicó, son las pérdidas económicas patrimoniales que una persona ha sufrido.

¿Que el el daño?

El daño es el perjuicio o menoscabo que sufre el patrimonio o los intereses de un agente económico. Esto, por acción u omisión de otra persona (natural o jurídica). En otras palabras, pueden resultar dañados los bienes, los derechos o los planes de un individuo o empresa.

¿Qué es el daño a la moral?

«Por daño moral se entiende la afectación que una persona sufre en sus sentimientos, afectos creencias, decoro, honor, reputación, vida privada, configuración y aspecto físico, o bien en la consideración que de sí misma tienen los demás.

¿Qué significa resarcir el daño causado?

Resarcimiento es la acción y efecto de resarcir. Este verbo, con origen en un vocablo latino y hace referencia a reparar, compensar o indemnizar un daño o perjuicio.

¿Qué es es la reparación del daño y su clasificación?

CONCEPTO. La reparación del daño es una pena pecuniaria que consiste en la obligación impuesta al delincuente de restablecer el statu quo ante y resarcir los perjuicios derivados de su delito. (Diccionario Jurídico Mexicano.

¿Qué es el daño en el derecho?

El daño es todo detrimento que sufre una persona por la inejecu- ción de la obligación. El daño, para ser reparado, debe ser cierto; no eventual o hipotético. Daño es sinónimo de perjuicio.

¿Que se entiende por daños materiales?

El daño material o patrimoniales el menoscabo o detrimento que se produce en los bienes u objetos que forman parte del patrimonio de una persona. Éstos son susceptibles de una valoración económica, a través de un baremo, factura, presupuesto o informe pericial.

¿Qué es la reparación del daño en la justicia penal?

En cuanto al significado del término “reparación del daño” en el Diccionario para Juristas, se alude que es el derecho al resarcimiento económico a quien ha sufrido un menoscabo en su patrimonio por acto ilícito o delito. Y “reparar” significa precaver o remediar un daño o perjuicio.

¿Cuáles son las formas de reparación del daño?

La reparación del daño debe ser integral, adecuada, eficaz, efectiva, propor- cional a la gravedad del daño causado y a la afectación sufrida, comprenderá cuando menos: I. La restitución de la cosa obtenida por el delito y si no fuere posible, el pago del precio de la misma, a su valor actualizado; II.

¿Cuáles son los tres participantes que se involucran cuando se repara el daño provocado por la aplicación injusta de la ley o por violentar sus derechos?

Primero: La persona que recibe el reconocimiento de haber sido violentada en sus derechos y es receptora de dicha reparación. Segundo: Quien violentó las normas o las leyes y debe reparar el daño. Tercero: Las instancias legales que al impartir justicia definen la reparación.

¿Qué artículo habla de la reparación del daño?

El articulo 20, apartado B, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece como garantía individual de las víctimas u ofendidos de un delito, la reparación del daño para asegurar de manera puntual y suficiente la protección a sus derechos fundamentales y responder al reclamo social

¿Cuáles son los tres participantes de la reparación del daño?

Tienen derecho a la reparación del daño:
  • La víctima y el ofendido.
  • A falta de la víctima o el ofendido, sus dependientes económicos, herederos o derechohabientes, en la proporción que señale el derecho sucesorio y demás disposiciones aplicables.

¿Qué pasa si no se paga la reparación del daño?

En todo proceso penal el Ministerio Público estará obligado a solicitar, en su caso, la condena en lo relativo a la reparación de daños o perjuicios y probar su monto, y el Juez a resolver lo conducente. Su incumplimiento será sancionado con cincuenta a quinientos días multa”.

¿Cuándo prescribe la reparacion del daño en materia penal?

La acción para exigir la reparación de los daños causados, prescribe en dos años contados a partir del día en que se haya causado el daño. Artículo 1159.

¿Qué es el Plan de reparacion?

¿Qué es un Plan Individual de Reparación Integral? Es el documento que contiene todas las medidas que garantizan el derecho a la reparación integral.

¿Qué dice el artículo 34 del Código Penal?

ARTICULO 34.- No son punibles: 1º. El que no haya podido en el momento del hecho, ya sea por insuficiencia de sus facultades, por alteraciones morbosas de las mismas o por su estado de inconciencia, error o ignorancia de hecho no imputables, comprender la criminalidad del acto o dirigir sus acciones.

¿Cuándo prescribe la accion por daños y perjuicios?

La acción de daños prescribe a los 3 años, esto quiere decir que para gestionar un reclamo por daños y perjuicios como tercero damnificado el plazo se extiende.

¿Cuándo prescribe la responsabilidad civil?

De acuerdo con el art. 1968.2 del CC, la acción derivada de la culpa o negligencia derivada de la responsabilidad civil extracontractual prescribe al año, desde que lo supo el agraviado. Por último, la prescripción de la acción para exigir la responsabilidad civil derivada del delito es de 5 años.

¿Cuándo prescribe la responsabilidad extracontractual?

La demanda ordinaria de responsabilidad civil extracontractual interpuesta para exigir la indemnización de perjuicios ocasionada por un contrato de transporte prescribe en 10 años, como lo establece el Código Civil, y no en 2 años, como lo estipula el Código de Comercio.