Incapacidad parcial permanente

La incapacidad parcial permanente hace referencia al accidente o enfermedad de origen ocupacional o no que pueda causar una disminución mínima a la movilidad del trabajador. Esta disminución en el trabajador no debe ser inferior al 33 % del 100% total del trabajador.

La incapacidad permanente tiene varios niveles, entre ellos podemos encontrar la incapacidad total, incapacidad absoluta y la gran invalidez. Es por ello que hablar de una incapacidad parcial permanente es hacer referencia a un grado menor de incapacidad.

Es por ello que, cuando un trabajador sufre este tipo de incapacidad no queda imposibilitado para continuar con sus labores habituales, es decir, existe una reducción de su movilidad pero esto no le imposibilita regresar a su puesto de trabajo.

¿Cuáles son los requisitos para poder denominar una incapacidad como parcial permanente?

Son varios los requisitos principales para poder determinar una incapacidad como parcial permanente, de las cuales podemos mencionar:

  • El porcentaje de la incapacidad no debe ser inferior al 33%
  • El límite mínimo de la incapacidad alcanza como promedio un 33% de capacidad.
  • El límite máximo se basa en la incapacidad permanente total, sin embargo, en este tipo de incapacidad el límite máximo debe permitirle al trabajador realizar las labores mínimas habituales.
  • La forma de determinar si la incapacidad es parcial permanente es evaluando la capacidad del trabajador frente a su profesión habitual.
  • La incapacidad de un trabajador en su profesión habitual puede influenciar de forma directa en el rendimiento tanto cualitativo como cuantitativo.

Es importante destacar que en estos casos, una incapacidad parcial permanente no es causal de extinción de un contrato de trabajo, es por ello que se permite cobrar al trabajador la indemnización correspondiente y continuar con su labor en el puesto de trabajo de forma habitual.

Ejemplos de incapacidad parcial permanente

  1. Un trabajador que labora como vigilante en la empresa, durante su trayecto a la casa sufre un accidente de tránsito y le deja lesiones en las piernas impidiéndole continuar con su labor habitual. En este caso, no puede seguir ejerciendo la misma labor por lo que se le ubica en un puesto de trabajo que le permita continuar con sus labores en otra área.
  2. Persona que labora en un laboratorio queda sin vista a causa de una quemadura. En este caso se debe reubicar al trabajador en áreas donde pueda desenvolverse sin afectar su integridad y profesionalismo.
  3. Trabajador que labora en el área de albañilería sufre accidente y le es amputada una pierna. En estos casos, si bien no puede continuar con su labor habitual, se le puede ubicar en un área administrativa o en oficina donde se pueda desempeñar sin exigir tanto esfuerzo como en el área de la albañilería.
  4. Trabajadora en el área de la peluquería que sufre una dermatitis alérgica a causa de algún componente químico que se emplea para laborar comúnmente. Se le pueden asignar labores que permitan al trabajador desenvolverse sin perjudicarle o menospreciarle en el trabajo.
  5. Trabajador que desempeña funciones como camarero de hotel y sufre de rotura de ligamentos en el hombro. Se puede reubicar de su puesto de trabajo en áreas administrativas o en otro tipo de atención al cliente.