¿Que es el pagaré?

El pagaré se trata de un título de crédito a través del cual una persona se compromete a pagar a otra, cierta cantidad de dinero, en un periodo de tiempo determinado. En este sentido intervienen dos personas, una es el emisor del pagaré y la otra el beneficiario. Es importante señalar que el pagaré se trata de un documento de carácter privado, sin embargo, puede ser utilizado como un instrumento público.

El pagaré es denominado también como un título de crédito esto gracias a que el tenedor tiene la potestad de exigir el cumplimiento del pago de dicho documento o título dentro de los términos que han sido acordados. Los requisitos legales para un pagaré varían de acuerdo con la normativa de cada país.

Sujetos intervinientes en el pagaré

  • Emisor: es el sujeto que se compromete a pagar cierta cantidad de dinero a otra dentro de un lapso de tiempo determinado.
  • Beneficiario: persona a la cual hay que pagarle el importe acordado.
  • Avalista: este sujeto puede intervenir dentro del proceso de crédito como garantía del pago acordado, sin embargo, no es un tercero que se aplique de forma constante.

Partes que conforman un pagaré

Un documento de este tipo, para que pueda ser considerado como tal, debe contar con una serie de requisitos que se solicitan como mínimo a la hora de conformarlos, entre ellos podemos mencionar:

  • Fecha y lugar de emisión del pagaré.
  • Nombre de la entidad y oficina librada.
  • Nombre completo del beneficiario (puede ser una persona física o jurídica)
  • Importe expresado en números y letras.
  • Fecha y lugar de vencimiento.
  • Número de cuenta de la cuenta del emisor.
  • La palabra pagaré.
  • Identificador de la barra de truncabilidad: Esta barra permite informatizar el pagaré.
  • Firma del emisor.

Características de un pagaré

  • Solo será exigido lo que está expresamente estipulado en el documento, a esto se le conoce como literalidad. El pagaré debe ser pagado de acuerdo con los términos fijados en él y dentro del lapso de tiempo acordado y expresado de forma escrita. Todo lo relativo a las prórrogas o extensiones no tendrán valor alguno si no está previamente plasmado en el pagaré.
  • El beneficiario, si lo desea puede ceder su pagaré a otro beneficiario sin afectar el objeto principal del mismo, es decir, el cambio de beneficiario no afecta en nada la obligación del emisor.
  • Circulación o traslación del pagaré. Esto permite que el documento pueda cambiar de propietario y circular libremente sin ningún inconveniente con la obligación principal. En este sentido, puede cambiar el acreedor y puede exigir su pago el ultimo poseedor.
  • Este documento puede ser exigido de forma independiente a su origen principal, es decir, sin importar la causa que lo originó. Dicho documento de carácter privado es la constancia fehaciente de la iniciación y culminación de una obligación.
  • El pagaré siempre podrá ser exigible a menos que destruyan el documento o sea devuelto. En caso de no cumplir con la obligación, puede ser sujeto de una demanda de carácter mercantil.

Tipos de pagaré

  • A la orden
  • Al portador
  • Nominativos
  • En blanco